Objetivos de Creación
- La Ley Forestal N° 7575, en el artículo 46 crea al FONAFIFO y establece su objetivo en los siguientes términos:
- "ARTÍCULO 46.-
Se crea el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, cuyo objetivo será financiar, para beneficio de pequeños y medianos productores, mediante créditos u otros mecanismos de fomento del manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de forestación, reforestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales. También captará financiamiento ambiental para el pago de los servicios que brindan los bosques, las plantaciones forestales y otras actividades necesarias para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales, que se establecerán en el reglamento de esta ley.
El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal contará con personería jurídica instrumental; salvo que el cooperante o el donante establezcan condiciones diferentes para los beneficiarios."
Objetivos del Plan Estratégico Institucional
- OE.01. Consolidar las capacidades institucionales para el financiamiento ambiental, garantizando una gestión eficiente de recursos, un marco normativo robusto, talento humano calificado y condiciones laborales adecuadas para el funcionamiento de la institución, orientados a mejorar la calidad del servicio ambiental o ecosistémico percibidos por la población meta en el mediano plazo.
- OE.02. Contribuir al mantenimiento y reconocimiento de los servicios ecosistémicos, asegurando la continuidad de las acciones en áreas de interés prioritario, mediante la captación y diversificación de las fuentes de financiamiento nacional e internacional, la promoción de mecanismos y alianzas estratégicas que fortalezcan la sostenibilidad del financiamiento ambiental durante el quinquenio.
- OE.03. Robustecer el posicionamiento institucional, por medio de estrategias efectivas de comunicación, imagen y gestión de alianzas con organizaciones nacionales e internacionales, que potencian la cooperación, la visibilidad y el accionar de la entidad a nivel nacional e internacional en los próximos cinco años.
- OE.04. Fomentar el acceso al financiamiento forestal, agroforestal, agropaisaje productivo, mediante productos crediticios inclusivos y adaptados a las necesidades de pequeños y medianos productores durante el período 2026-2030.



